Mientras Uribe extradita a diestra y siniestra, el Tribunal europeo niega extradición de Jair Klein
Fuente: Boletin Informativo Rehder Colombia
Yair Klein, mercenario israelita, es un personaje funesto que es conocido porque entrenó militarmente grupos paramilitares en Colombia, responsables de cometer cientos de miles de crímenes de lesa humanidad que regaron el terror en innumerables comunidades, a la vez que fortalecieron proyectos económicos desarrollados en tierras de campesinos desplazados, protegieron los intereses de grandes empresas nacionales y multinacionales en nuestro país que financiaron su accionar criminal, por lo que se puede decir que su creación y existencia profundizó la pobreza y fomentó la concentración de la riqueza en pocas manos.
Klein era viejo conocido en Colombia, pues llegó en el año 1987 entablando contacto con el general de la policía Carlos Arturo Casadiego y funcionarios de la empresa Atlas Seguridad, para negociar un contrato de entrenamiento en defensa y seguridad. En 1988 y 1989, regresó al país, a dictar cursos en Puerto Boyacá, la capital del paramilitarismo, donde sostuvo conversaciones con ganaderos “… de Acdegam que estaban asediados por las guerrillas. Y fue así como llegué a esta región a preparar grupos de autodefensa…”1 Hoy todos señalan con el dedo al ex agente del sionismo, pero al decir de él mismo “Estuve en Colombia por invitación de los norteamericanos y punto. Todo lo que Estados Unidos no puede hacer porque le es prohibido intervenir en asuntos de gobiernos extranjeros, lo hace pero, por supuesto, por otros medios. Yo obré con licencia y permiso en Colombia”2 , afirmación que no suena descabellada si se tiene en cuenta que los grupos de “autodefensa” funcionaron inicialmente bajo el manto legal que les dio el mismo gobierno nacional, que incluso les propició armas y equipos de comunicaciones.
En abril de 2010, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, resolvió en primera instancia la demanda de Klein contra Rusia, por haber ordenado su extradición a Colombia, donde se han proferido al menos cuatro órdenes de captura por su ominoso papel al interior de las estructuras paramilitares. En su demanda, el mercenario planteó que en Colombia su vida e integridad personal podrían correr peligro y en efecto este organismo en su fallo señaló que “la aplicación de la orden de extradición contra el solicitante podría dar lugar a una violación del artículo 3 de la Convención”, a través del cual se prohíbe la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Francisco Santos fue el primer dignatario del gobierno que salió a protestar por la histórica sentencia, señalando en un comunicado que “La decisión del Tribunal es una página negra para los derechos humanos en el mundo, favorece la impunidad de los crímenes cometidos por el señor Klein y sus alumnos paramilitares en Colombia, negando la verdad y la justicia para sus víctimas”, y agregó que fallo “avergüenza a la humanidad, a las víctimas y a la causa de los derechos humanos”. Y sin lugar a dudas esta decisión favorece la impunidad de los crímenes de lesa humanidad que se han perpetrado en Colombia por el paramilitarismo, pero a decir verdad los argumentos del gobierno suenan incoherentes a la luz de determinaciones como la de extraditar a los EEUU a 14 jefes paramilitares que deben ser juzgados en Colombia también por atroces delitos, y quienes vale recordar, en el marco de una ley de impunidad, venían haciendo algunas revelaciones a medias que salpicaban personajes importantes de la vida política del país, incluido el vicepresidente y su primo (actual candidato a la presidencia). Así es que muy probablemente los derechos de las víctimas y la sociedad a la verdad, justicia y reparación, no sea en realidad un motivo de preocupación (y menos aún de interés) para Santos y en general el gobierno colombiano, que ha resultado untado con algunas versiones libres de los aprendices de Klein.
Lo que podría resultar preocupante para el Estado colombiano es que en la decisión de un organismo internacional se reconozca que en nuestro país los derechos a la vida e integridad personal de quienes se encuentran privados de la libertad corren peligro, pues no puede olvidarse que el gobierno ha recibido sumas de dinero exorbitantes para la consolidación de la llamada “nueva cultura carcelaria” por lo que no sería conveniente tachas como las que se realizan en la decisión del Tribunal Europeo.
En su comunicado Santos señala que “es falsa la razón que argumenta el señor Klein al manifestar que en Colombia podría ser torturado o sus derechos humanos vulnerados”, pero en honor a la verdad tiene que decirse que le asiste parcialmente razón al Tribunal Estrasburgo porque multitudinarias son las denuncias que se cuelan por las rejas para hablar de las violaciones a los derechos humanos, entre las que se cuentan no pocos casos de tortura que van desde el aislamiento prolongado, hasta los actos de maltrato con fines de castigo y/o sometimiento. En este punto no pueden desestimarse las exigencias de los presos políticos a quienes se les ha colocado en un permanente estado de inseguridad y peligro, tanto a ellos como sus familias, al ser recluidos en penitenciarías ubicadas en zonas de control paramilitar o en pabellones donde deben convivir con desertores o agentes del paramilitarismo. Situación ésta a la cual se suman las condiciones carcelarias de la mayoría de la población reclusa, que per se son formas de detención arbitraria, al punto que en las prisiones colombianas se declaró el Estado de cosas inconstitucional por parte de la Corte Constitucional en la Sentencia T-153 de 1998. Debe contarse también que un régimen penitenciario en el que se privilegia la seguridad por encima del respeto de los derechos humanos, constituirá siempre un riesgo para la vida e integridad de las personas privadas de la libertad, por cuanto en ellos se fomenta el abuso de autoridad, la corrupción, el cacicazgo, entre otras prácticas que hacen más gravosa la permanencia en prisión.
Pero al observar la otra cara de la moneda, no puede desconocerse que dentro de las cárceles colombianas se aplica un tratamiento privilegiado a determinada población, que por ser la gran minoría, puede identificarse claramente y sin temor a errar: Para-políticos; paramilitares acogidos a los preceptos normativos de la ley de “justicia y paz” y desertores de grupos guerrilleros que han sido útiles a los designios del gobierno, y algunos narcotraficantes. Mientras se desmontan los pabellones de presos políticos, a esta población se le asignan patios especiales para proteger sus derechos fundamentales sin acudir al aislamiento (criterio que se desconoce para poblaciones vulnerables que deben permanecer durante meses e incluso años en los calabozos); se asignan días especiales de visitas, se les permite a algunos de ellos ampliar sus celdas, ingresar equipos de comunicaciones, computadores, etc, que para la masa de reclusos son prohibidos; incluso el ingreso de sus abogados a los penales se hace en cubículos para ahorrarles las filas que los demás deben soportar. Se concluye entonces, que los problemas de seguridad y los riesgos de ser sometidos a actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes no se asume por la totalidad –aunque si por la mayoría- de los reclusos, siendo esta una realidad que a toda costa quiere encubrir el gobierno nacional.
Pero más allá de estas consideraciones del Tribunal extranjero, la decisión de no extraditar a Klein a Colombia genera polémica también porque evidencia que no todos los países del mundo ostentan igualdad de condiciones y que el imperialismo Europeo opera bajo las misma lógicas del norteamericano; tanto así que incluso apelan a los mismos argumentos para interferir en asuntos internos de otros Estados, en este caso el irrespeto de los derechos humanos, a los que violentan en otras partes del planeta, sin sonrojo alguno.
De igual forma se logra develar que mientras los gobernantes colombianos administran el país al servicio de los intereses imperialistas, lo cual se refleja entre otras múltiples actuaciones en el indiscriminado número de ciudadanos extraditados y olvidados en cárceles extranjeras, las potencias mundiales se dan el lujo de poner por encima los derechos de un criminal producto del sionismo israelí, sobre los de un incalculable número de víctimas del paramilitarismo en Colombia, mismos derechos que resultaron desconocidos y conculcados ante la cortapisa que se impuso a una posible solicitud en extradición de los directivos de la multinacional bananera Chiquita Brand.
Todo esto indica que no existe la tan alegada reciprocidad en materia de extradición, y que jamás podrá hablarse de tal característica, en un sistema mundial en el que la desigualdad entre países en una realidad incuestionable. En estas condiciones es más factible que esta figura de “cooperación judicial” se continúe perfilando como un mecanismo adicional de represión, en lugar de ser, como se dice, un mecanismo para evitar la impunidad.
1 http://www.verdadabierta.com/la-historia/487-captura-de-yair-klein-el-mercenaria-israeli-que-instruyo-a-paramilitares.
2 http://www.hastasiempre.info/article.php?lang=espagnol&article=1201
Fecha de Publicación: 11 de Junio de 2010
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